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Trabajador por cuenta ajena · Otras cuestiones

En el régimen especial la retención sobre rendimientos del trabajo es del 24% y solo el exceso de 600.000 euros pagado por un mismo pagador en el año natural soporta el 47%; con 186.430,01 euros percibidos hasta el 31 de julio de 2025 debió aplicarse el 24%.

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Consulta vinculanteV1971-2517 de octubre de 2025

Los hechos

El consultante expone que se encuentra acogido al régimen fiscal especial previsto en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y que, hasta abril de 2025, la empresa empleadora le aplicó una retención del 24% sobre los rendimientos del trabajo satisfechos. No obstante, a partir del mes de mayo de 2025, la empresa le ha aplicado un tipo de retención del 47%, sin que se haya producido ningún cambio relevante en su situación personal o laboral. […]

La pregunta

Conocer si, teniendo en cuenta que no superará el umbral de 600.000 euros anuales de rendimientos del trabajo, la empresa empleadora debe aplicar el tipo de retención del 24%.

Lo que contestó la DGT

Por tanto, de acuerdo con los citados artículos 93.2.f) de la LIRPF y 114.3 del RIRPF, el tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo es del 24 por ciento y, cuando las retribuciones satisfechas por un mismo pagador de rendimientos del trabajo durante el año natural excedan de 600.000 euros, el porcentaje de retención aplicable al exceso será el 47 por ciento.

En su escrito, el consultante manifiesta que los rendimientos percibidos de la empresa desde 1 de enero de 2025 hasta 31 de julio de 2025 ascienden a un total de 186.430,01 euros.

De acuerdo con dicho dato, el tipo de retención aplicable debería haber sido el 24 por ciento.

Revisamos sisu caso entra.

Antes de que presente el 149 miramos con usted la vía por la que viene, las fechas del alta y los documentos. Por escrito y con firma.

Firma
Kenyi Martín Alcántara, asesor fiscal REAF
Sociedad
Sociedad Española de Asesoramiento y Sistemas Inteligentes, S.L., NIF B05592530
Correo
info@seasi.es
Teléfono
+34 661 113 938