“Con la Ley Beckham solo declaro mi sueldo español.”
No. Declara su sueldo, sí. Y también el alquiler de su piso en España, la renta imputada del piso que tenga sin alquilar, aunque viva en él, los intereses de su cuenta española y lo que gane vendiendo acciones de una sociedad española. Todo en el mismo modelo, el 151.
La respuesta corta
El modelo 151 es la declaración anual del IRPF de quien tributa por la Ley Beckham. Lo aprobó la Orden HFP/1338/2023.
Lo presenta cada persona a la que se aplica el régimen. Su plazo es el mismo que el de la renta general de cada año. Para el ejercicio 2025 fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026.
Entra todo el trabajo hecho durante el régimen, se haga donde se haga, y el resto de rentas solo si se entienden obtenidas en España. El trabajo y el alquiler tributan por el íntegro, sin gastos deducibles, y no se compensan unas rentas con otras.
Quién lo presenta
Todos los contribuyentes a los que se aplica el régimen están obligados a presentar y suscribir la declaración en el modelo especial (art. 114.4 RIRPF y art. 2 de la Orden HFP/1338/2023).
Eso incluye a los familiares acogidos por el art. 93.3. Un consultante preguntó si su cónyuge, acogida como familiar y sin ningún ingreso sujeto en 2024, tenía que presentar el 151. La DGT contestó que los acogidos al régimen están obligados a presentarlo, sin condicionarlo a que haya ingresos (V1852-25).
Un año, una sola declaración
Usted no puede tributar por el régimen por una parte de sus rentas y por el IRPF general por el resto. Presenta una única declaración, el modelo 151 si tributa por el régimen o el modelo 100 si tributa por el régimen general (V0466-26).
¿Y si presentó el 100 por error? Una consultante acogida lo hizo en 2023 y le salió una devolución menor. La DGT contestó que el error no supone renuncia al régimen. Lo corrige solicitando la rectificación de la autoliquidación del 100 y presentando a la vez el 151 de ese año (V1921-25).
Cuándo se presenta
La Orden HFP/1338/2023 no fija fechas propias. Su art. 3.1 dice que el plazo del 151 será el mismo que se apruebe cada ejercicio, con carácter general, para las declaraciones del IRPF.
Para el ejercicio 2025, la orden anual fijó del 8 de abril al 30 de junio de 2026, ambos inclusive (Orden HAC/277/2026, art. 7.1). Para cada ejercicio hay que mirar la orden de ese año.
El 151 se presenta de forma electrónica por internet (art. 3.2 de la Orden HFP/1338/2023). Si sale a ingresar y quiere domiciliar el pago, puede hacerlo desde el inicio del plazo hasta, con carácter general, cinco días antes de que termine (art. 4.2).
Al presentar, usted calcula la deuda y la ingresa (art. 114.4 RIRPF).
Qué rentas entran
La deuda se calcula con las normas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para rentas obtenidas sin establecimiento permanente, con las especialidades del art. 93.2 LIRPF. De ahí salen dos reglas distintas.
El trabajo, entero
La totalidad de los rendimientos del trabajo obtenidos durante el régimen se entienden obtenidos en España (art. 93.2.b). También los de una actividad emprendedora. Da igual que trabaje unos días en otro país. Y no puede aplicar la exención del art. 7.p) LIRPF por trabajos realizados en el extranjero (V2547-24).
La excepción la pone el reglamento. No se entienden obtenidos durante el régimen los rendimientos de una actividad desarrollada antes de la fecha del desplazamiento, ni los de una actividad desarrollada después de la comunicación del fin del desplazamiento. Esa comunicación es para quien termina su desplazamiento sin perder la residencia fiscal en España ese año, y se presenta con el modelo 149 en el plazo de un mes desde que terminó el desplazamiento (art. 119.5 RIRPF y art. 7.7 de la Orden HFP/1338/2023). El corte lo marca la fecha de la comunicación, no la salida física. Esos rendimientos tributan si, según el TRLIRNR, se entienden obtenidos en España (art. 114.2.a) RIRPF).
La DGT lo ha aplicado a cuatro casos.
- Un bonus de 2023 pagado en la nómina de enero de 2024, por trabajo hecho en Israel antes de venir (V1112-25).
- Acciones RSU entregadas después del desplazamiento que remuneran trabajo de años anteriores (V0425-25).
- La compensación mensual de un pacto de no competencia con el anterior empleador alemán (V2560-25).
- El carried interest de puntos asignados antes del desplazamiento, ya consolidados, sin compromiso de permanencia y que remuneraban íntegramente trabajo anterior, según los hechos de la consulta (V5374-26).
En los cuatro, la conclusión es la misma. Esos rendimientos no tributan en España en la medida en que no deriven, directa o indirectamente, de una actividad personal desarrollada en España. Cada consulta parte de los hechos que describe el consultante.
El resto, solo si es de fuente española
Para las demás rentas, el art. 93.2.b) no dice nada especial. Se aplica el TRLIRNR, y entran en el 151 las que se entienden obtenidas en España según su art. 13. La DGT lo dejó claro a quien pretendía declarar aparte el alquiler y los intereses españoles por el modelo 210. Van en el 151 (V1378-25).
Algunos ejemplos de la doctrina.
- Criptomonedas custodiadas por una plataforma con domicilio en Chipre, sin establecimiento en España. Las ganancias no se consideran obtenidas en España y no van al 151. En ese caso, las de acciones solo cuentan si las emitió una entidad residente en España (V0376-24). Ojo, la ley tiene reglas propias para las ganancias que procedan, directa o indirectamente, de inmuebles situados en España (art. 13.1.i).3.º TRLIRNR).
- Contratos FOREX con una sociedad de valores española como contrapartida. Las ganancias sí se entienden obtenidas en España y van al 151 con la escala del ahorro (V5155-26).
- Venta de la vivienda habitual en España. Puede excluirse de gravamen la ganancia si reinvierte en una nueva vivienda habitual en los términos del art. 38 LIRPF, por la disposición adicional séptima del TRLIRNR. Si reinvierte solo una parte, solo se excluye la parte proporcional de la ganancia. La reinversión cuenta dentro de los dos años anteriores o posteriores a la venta, y el importe reinvertido incluye lo financiado con préstamo (V2467-25). La exención no le libra de la retención del 3 % que practica el comprador sobre la contraprestación (art. 25.2 TRLIRNR, aplicable por el art. 114.5 RIRPF), ni de declarar la venta e ingresar lo que corresponda. Si ya reinvirtió antes de presentar la declaración, puede tener en cuenta esa reinversión, total o parcial, al calcular la deuda (disposición adicional séptima, apartado 3, del TRLIRNR).
- Pisos que no alquila. La renta imputada de los inmuebles urbanos en España no afectos a actividades económicas se entiende obtenida en España (art. 13.1.h) TRLIRNR). El TEAC ha fijado, en unificación de criterio, que quien está en el régimen tributa por ella aunque el inmueble sea su vivienda habitual (TEAC RG 00/03697/2025, de 17-07-2025). Lo comentamos en cuándo no conviene la Ley Beckham.
Cómo se calcula
Trabajo y alquiler, por el íntegro
Con carácter general, los rendimientos sin establecimiento permanente tributan por su importe íntegro, sin reducciones (art. 24.1 TRLIRNR). Es la regla de su sueldo y de su alquiler.
No es la regla de todo. Las ganancias patrimoniales se calculan con las normas del IRPF sobre alteraciones patrimoniales (art. 24.4 TRLIRNR). Y para las actividades económicas sin establecimiento permanente, el art. 24.2 permite restar algunos gastos. Si tiene una actividad emprendedora, su cálculo se mira aparte.
La regla del art. 24.6 TRLIRNR, que permite deducir gastos, es para residentes en otro Estado de la Unión Europea. Usted es residente en España, así que no se le aplica. Por eso no deduce los gastos del alquiler (V2207-25, V2201-25) ni sus cotizaciones a la Seguridad Social (V1112-25).
Se mantienen exentos los rendimientos del trabajo en especie del art. 42.3 LIRPF, como comedor, guardería, seguro de enfermedad o transporte colectivo, si cumplen sus requisitos (art. 93.2.a) y V2574-25).
Todo junto y sin compensar
Las rentas obtenidas en España durante el año natural se gravan acumuladamente, sin compensación alguna entre ellas (art. 93.2.c). Una pérdida no rebaja una ganancia.
Dos escalas
La base liquidable se divide en dos partes (art. 93.2.d y e).
Los dividendos, los intereses y las ganancias por transmisión de elementos patrimoniales (las rentas del art. 25.1.f) del TRLIRNR) tributan con la escala del ahorro.
- Hasta 6.000 euros, al 19 %.
- De 6.000 a 50.000 euros, al 21 %.
- De 50.000 a 200.000 euros, al 23 %.
- De 200.000 a 300.000 euros, al 27 %.
- Por encima de 300.000 euros, al 30 %.
Todo lo demás, incluidos el trabajo y el alquiler, tributa al 24 % hasta 600.000 euros y al 47 % desde 600.000,01 euros.
Lo que se resta de la cuota
Poco. De la cuota íntegra se restan las deducciones del art. 26 TRLIRNR, que son los donativos y las retenciones e ingresos a cuenta, y también las cuotas pagadas a cuenta del IRNR (art. 114.2.b) RIRPF y V2126-23).
Y la deducción por doble imposición internacional del art. 80 LIRPF por los rendimientos del trabajo y de la actividad emprendedora obtenidos en el extranjero, con un límite adicional. Ese límite es el 30 % de la parte de la cuota íntegra que corresponde a la totalidad de esos rendimientos obtenidos en el período, es decir, a todo su trabajo del año y no solo al hecho fuera. Para calcular el tipo medio efectivo se excluye la parte de la base y de la cuota del ahorro (art. 114.2.b), letra b’), RIRPF).
No aplica la reducción por aportaciones a planes de pensiones (V2126-23) ni la deducción por obras de eficiencia energética en vivienda (V2199-25).
Las retenciones de su nómina
Su pagador le retiene el 24 % sobre los rendimientos del trabajo y el 47 % sobre lo que pase de 600.000 euros pagados por ese mismo pagador en el año natural (art. 93.2.f). A un consultante su empresa empezó a retenerle el 47 % sin que fuera a pasar de ese umbral. La DGT fue clara. Debió aplicarse el 24 % (V1971-25).
Su empresa le incluye en el resumen anual de retenciones del modelo 296, no en el 190 (V0455-26).
En el 151 usted resta esas retenciones de la cuota. Si el resultado es a devolver, la devolución se practica según el art. 103 LIRPF (art. 114.4 RIRPF).
Los errores que cuestan dinero en el 151
Declarar solo la nómina y dejar fuera el alquiler, los intereses, la venta de acciones españolas o la renta imputada de su vivienda.
Restar gastos del alquiler o la Seguridad Social del sueldo como haría en el modelo 100.
Compensar una pérdida con una ganancia.
Presentar el modelo 100 un año por inercia. Se corrige, pero hay que pedir la rectificación.
No presentar el 151 del familiar acogido porque no tuvo ingresos.
Cuándo no le conviene
El 151 hace visible lo que el régimen le quita. Sueldo y alquiler sin gastos deducibles, sin compensación entre rentas y sin buena parte de las deducciones. Según su caso, el modelo 100 puede salirle más barato. Lo explicamos en cuándo no conviene la Ley Beckham.
Si quiere volver al régimen general, la renuncia se comunica en noviembre y diciembre, con efectos desde el año siguiente. Si es trabajador, primero entrega a su retenedor la comunicación de datos del art. 88 del reglamento y obtiene una copia sellada, y después presenta el modelo 149 con esa copia adjunta (art. 117 RIRPF). No tiene vuelta atrás. Más detalle en la guía del modelo 149.
Antes de presentar el 151
Revisamos su 151 antes de que lo presente. Qué rentas entran, cuáles no y con qué escala, renta por renta.
Fuentes de esta guía
- LIRPF art. 93.2, letras a) a f)
- RIRPF art. 114, incluidos 114.2.a), 114.2.b) y 114.5
- RIRPF art. 119.5
- Orden HFP/1338/2023, de 13 de diciembre, arts. 1 a 4 y 7.5 y 7.7
- Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo, art. 7.1
- LIRPF art. 93.3
- TEAC RG 00/03697/2025, de 17-07-2025
- RIRPF art. 117
- TRLIRNR arts. 13.1.f).2º, g), h) e i), 24.1, 24.2, 24.4, 24.6, 25.1.f), 25.2 y disposición adicional séptima
- DGT, consultas vinculantes citadas en esta guía
Consultas vinculantes citadas
- V2547-24PETETE ↗
- V1852-25PETETE ↗
- V0466-26PETETE ↗
- V1921-25PETETE ↗
- V1112-25PETETE ↗
- V0425-25PETETE ↗
- V2560-25PETETE ↗
- V5374-26PETETE ↗
- V1378-25PETETE ↗
- V0376-24PETETE ↗
- V5155-26PETETE ↗
- V2467-25PETETE ↗
- V2207-25PETETE ↗
- V2201-25PETETE ↗
- V2574-25PETETE ↗
- V2126-23PETETE ↗
- V2199-25PETETE ↗
- V1971-25PETETE ↗
- V0455-26PETETE ↗